El consumidor financiero es todo cliente, usuario o cliente potencial de las entidades vigiladas.
Es una institución orientada a la protección especial de los consumidores financieros y que ejerce sus funciones de manera autónoma e independiente, la cual tiene las siguientes funciones:
La Defensoría tiene habilitados los siguientes canales para recepcionar las “quejas”; correo electrónico, diligenciando el formulario en la página web, y radicación en oficina, los escritos de queja deben contener como mínimo la siguiente información:
Una vez recibido el escrito y si la información es clara y está completa, dentro de los 3 días hábiles siguientes la Defensoría notificará su recibido y asignará un radicado, si la queja fue admitida recibirás respuesta en cualquier momento dentro de un plazo no superior a 16 días hábiles.
En caso de que se requiera aclarar o complementar la información de la queja, dentro de los 3 días hábiles siguientes a su envío serás contactado por la Defensoría para lo pertinente.
Únicamente serán obligatorias para las partes cuando así lo hayan pactado el consumidor y la entidad, o cuando la entidad lo haya contemplado de esa forma en sus reglamentos.
La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador, quien, además de proponer fórmulas de arreglo, da fe de la decisión del acuerdo, la cual es obligatoria y definitiva para las partes que concilian (Art. 3, Ley 2220 de 2022).
Si desea interponer una queja, puede hacerlo a través de nuestros canales digitales haciendo clic en el siguiente botón.
funciona gracias a WordPress